Con relación al Fondo de Convergencia del MERCOSUR (FOCEM)
relacionado al Proyecto “Construcción de
la Avenida Costanera Norte de Asunción - 2da. Etapa”, la Cancillería Nacional
comunica:
1. Por Decisión del Consejo Mercado Común N° 6/12 de fecha
29 de junio de 2012, emitida durante la Cumbre de Mendoza, fueron aprobados y
asignados los fondos para el proyecto “Construcción de la Avenida Costanera
Norte de Asunción – 2da. Etapa”, sin la participación del Paraguay. La citada
Decisión prevé en su art. 3 que se deberá obtener una nueva autorización del
CMC para la conclusión y suscripción del Convenio de Financiamiento (COF) con
el Paraguay. No existen antecedentes de esta modalidad en ninguno de los anteriores
proyectos del FOCEM y contraviene el art. 56 de su Reglamento.
2. En consecuencia,las Actas correspondientes del Consejo
Mercado Común, fueron suscriptas por el Canciller venezolano, Nicolás Maduro,
conjuntamente con los Cancilleres de los Estados Partes del MERCOSUR, quedando
así configurada la arbitraria situación creada contra el Paraguay en el
organismo, en flagrante violación del artículo 20 del Tratado de Asunción; 37
del Protocolo de Ouro Preto y 12 del Protocolo de Adhesión de Venezuela al
MERCOSUR.
3. Los referidos actos no sólo son contrarios a la normativa
del MERCOSUR por haber sido aprobados sin la presencia del Paraguay, y con la
intervención del Canciller de Venezuela, pese a que jurídicamente ésta no es
miembro pleno del MERCOSUR, sino que además carecen de sustento porque violan
lo dispuesto en el artículo 54 y concordantes del Reglamento del FOCEM.
4. Por lo mencionado precedentemente, el Gobierno Nacional
ha comunicado a los Estados Partes del MERCOSUR que la República del Paraguay
ha decidido postergar, provisionalmente, la percepción de los importes que
pudieran ser otorgados por el MERCOSUR a través del FOCEM para el Proyecto de
referencia, que le corresponden en legítimo derecho y que constituyen un
derecho adquirido del Paraguay, mientras no sea subsanada la grave ilegalidad
cometida contra sus derechos soberanos por haber sido suspendido injusta e
ilegalmente de la participación y
deliberación en los órganos del MERCOSUR, y por la subsiguientemente
incorporación de la República Bolivariana de Venezuela en violación de
disposiciones contempladas en la normativa del MERCOSUR y en normas y
principios del derecho internacional público.
5. Los demás proyectos financiados con fondos del FOCEM
seguirán ejecutándose normalmente. l Gobierno Nacional garantiza la continuidad
y la finalización del Proyecto Avenida Costanera Norte de Asunción – 2da.
Etapa, el cual será llevado a cabo con fondos propios.

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