El intendente de Presidente Franco, Miguel Medina Mauro (PLRA), nombró a su masajista Carolina
Fernández, quien se desempeñaba como secretaria en la Secretaría General de la
comuna local, aunque mintió descaradamente en declaraciones a la radio local
Paraná Fm 98.5, diciendo que el
nombramiento lo hizo la Junta Municipal.
En sus declaraciones Medina confirmo que el nombramiento de
la masajista fue totalmente irregular pues la comuna bajo su administración
llamo a un concurso de meritos donde se
presentaron 4 (cuatro) profesionales abogados, pero finalmente el
jefe comunal ordeno el nombramiento de Carolina Fernández, quien no participo del
concurso y apenas se encuentra cursando el primer año de la carrera de
fisioterapia.
Para confirmar mas irregularidades y que el mismo se maneja
a través del amiguismo y no tienen en cuenta la capacidad dijo que ya estaba
viendo con algunos amigos para conseguirle un puestito a la abogada Perla
Caballero, quien interino el cargo durante más de seis meses.
Cuando la comuna llamo a un
concurso de meritos y aptitudes para ocupar el cargo de Secretaria del
Juzgado de Faltas, la junta conformo un comité de evaluación conformado por los
concejales Edith Medina (PLRA), hermana del intendente, Roberto Brizuela
(PLRA); y Abrahán Alegre (ANR).
En declaraciones para esta página Alegre señalo que el
estuvo en desacuerdo con el dictamen por
el nombramiento de la señorita Carolina Fernández, primero porque la misma no
participo del concurso y principalmente porque
el como abogado sabe que para ocupar el cargo debe ser como mínimo
estudiante del 4 año de la carrera de derecho. En otro momento Alegre dijo que
su opción era la abogada Perla Caballero porque además de ser profesional de
derecho la misma ya estaba interinando el cargo de manera eficiente. La
concejal Medina no atendió nuestros reiterados llamados.
A partir de este miércoles 4 de julio la masajista ignorante
en cuestiones legales y según la ley 3966/10 tendrá la potestad de:
1: desocupaciones o recuperaciones de bienes públicos municipales
2: inhabilitaciones de locales
3: suspensión de actividades o de obras
4: retiro de circulación, inmovilizaciones, demoliciones,
remociones e inutilización o destrucción de cosas
5: suspensión de autorizaciones o retención de licencias
6: cierres de vías de circulación o de espacios de uso público,
y:
7: reconstrucción o reposición de cosas o
situaciones a su estado habitual o regular.

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